Consulta, Asesoramiento y presupuesto
Esta primera etapa tiene como objetivo principal valorar si un determinado caso se puede peritar con garantías. Para llevar a cabo esta primera valoración y una primera toma de contacto con la parte interesada y su abogado, se realiza un análisis de la demanda, donde resultará indispensable el establecimiento y concreción de forma clara y precisa del objeto pericial. Además, siempre que sea posible, se consultará el expediente judicial del procedimiento. Una vez se efectúa el análisis, se informa si el caso es peritable y, en su caso, se presenta un presupuesto detallado en el que se incluirán las diferentes actuaciones.
Evaluación mediante entrevistas y exploración psicológica. Realización de pruebas psicométricas
Una vez aceptado el presupuesto por la parte interesada y abonados los honorarios, se inicia un proceso de exploración exhaustiva de las personas implicadas en el procedimiento, así como la administración de aquellas pruebas psicométricas (debidamente baremadas y con garantías de fiabilidad y validez) que sean necesarias para responder de una forma más completa al objeto de la pericia.
Las áreas a explorar vienen determinadas por el objeto de la demanda y pueden incluir también otros aspectos relevantes si se detectan durante el proceso exploratorio cuestiones que deban ponerse de manifiesto, siempre en relación con el objeto de la demanda. La selección de las técnicas y pruebas psicométricas (debidamente baremadas) a aplicar se harán siempre teniendo en cuenta la edad de la persona, sus capacidades y características de personalidad, así como sus índices de fiabilidad y validez.
Realización y Entrega del Informe Pericial Psicológico
En esta tercera etapa, se realiza un análisis de toda la información obtenida a lo largo del proceso de evaluación, procediendo a la redacción del Informe Pericial.
Ratificación del Informe en el Juzgado
En caso de que se decida presentar el informe emitido en sede judicial, el perito asistirá a la vista del juicio y expondrá su dictamen de forma oral, ratificándose en el mismo y respondiendo todas las preguntas y aclaraciones que les pueda formular el órgano judicial o las partes, sobre cualquier aspecto del proceso de evaluación y conclusiones del peritaje.